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Convocatoria científica Argentina-Alemania

Los proyectos de investigación conjunta entre Argentina y Alemania, se reciben hasta el 30 de mayo.

La convocatoria científica – tecnológica, se realiza en el marco del Programa de Cooperación que desarrollan la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y el Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD) sobre la base del Convenio suscripto entre la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y el Servicio Alemán de Intercambio Académico el 27 de abril de 1999.

El objetivo de la misma, es fortalecer la cooperación científica e intensificar las relaciones entre los centros de investigación y las universidades de ambos países, a través de la presentación de proyectos conjuntos de investigación que incluyan el intercambio de científicos.

Se dará prioridad a los proyectos que incluyan el perfeccionamiento y la especialización de jóvenes investigadores y a los que no han participado en Programas de Cooperación financiados por Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva con Alemania en los últimos tres años.

Se entiende por proyecto de investigación conjunta un programa acordado entre dos o más grupos de investigación de los dos países (Argentina y Alemania) con objetivos a alcanzar claramente definidos dentro de un cronograma establecido, implementado a través del intercambio de personas. Los proyectos deberán ser avalados por los directores (uno argentino y otro alemán) debidamente habilitados para dirigir las investigaciones y presentar las garantías de los recursos operacionales (fuentes de financiación). Cada director deberá presentar los formularios debidamente cumplimentados ante la oficina coordinadora de la cooperación, en su país. La presentación deberá ser simultánea en ambos países. La falta de presentación en ambas partes ocasionará que la postulación sea considerada “fuera de bases”.

Las presentaciones deberán ser coincidentes en todos sus términos en ambas partes y deberán contener la conformidad de ambos directores.

Fuente: MINCYT